8 de mayo: DÍA NACIONAL DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL
Cuando pensamos en la violencia que ejercen las instituciones nos
representamos un amplio conjunto de situaciones que, ejercidas
desde instituciones públicas, tienen como consecuencia la vulneración de derechos de las personas. Sin embargo, cuando hablamos de “violencia institucional” damos cuenta de un fenómeno más restringido que abarca desde la detención “por averiguación de antecedentes” hasta las formas extremas de violencia como el asesinato
(el llamado “gatillo fácil”) y la tortura física y psicológica.
Al hablar de violencia institucional nos referimos a situaciones concretas que involucran necesariamente tres componentes: prácticas específicas (asesinato, asilamiento, tortura, etc.), funcionarios públicos (que
llevan adelante o prestan aquiescencia) y contextos de restricción de
autonomía y libertad (situaciones de detención, de internación, de instrucción, etc.).
Al intentar puntualizar de qué hablamos al decir “violencia institucional” debemos enfrentarnos al problema de delimitar estas prácticas: no es lo mismo hablar de un homicidio que de un maltrato verbal. Es por
ello que es importante y complejo establecer el alcance de las prácticas
consideradas como “violencia”, en tanto se trata de un término polisémico y ambiguo que da cuenta de “acciones tanto individuales comocolectivas, organizadas como espontáneas, ritualizadas o rutinizadas,
legales o ilegales, intencionales o no intencionales.