Defensor del Pueblo presentó fórmula para recálculo de alícuotas para planes de autoahorro
22.09.19 (El Liberal) -(DiarioInfo) ( PrensaSantiagoWeb )El Dr. Lionel Suárez, instó “a las administradoras de planes de ahorro, que no se han ajustado a la medida cautelar dictada, a adecuar las cuotas, y generar el espacio de una mesa de negociación, y evitar que se soliciten las sanciones judiciales correspondientes ante la conducta renuente”. El Defensor del Pueblo de la provincia, Dr. Lionel Enrique Suárez, anunció que, en el marco del amparo y la medida cautelar dictada por la Justicia – por el incremento imprevisible del valor de las cuotas de los planes de ahorro previo para automotores-, este jueves 19, al mediodía, se habilitó en la página web del organismo www.defensorsantiago.gob.ar, en el Link ( https://defensorsantiago.gob.ar/formula-para-el-recalculo-de-cuotas-de-planes-de-ahorro/) un servicio digital destinado a todos los ahorristas para el cálculo automático, de un valor indicativo de la alícuota a pagar. Indicó que corresponde depositar en una cuenta bancaria habilitada al efecto en la Justicia (Juzgado de Paz Letrado de Primera Nominación).
En diálogo con la prensa, Suárez señaló que “ofrecemos a los ahorristas una planilla de cálculo del índice de actualización, siguiendo los considerandos que establece la medida judicial, siendo facultad de los ahorristas acogerse o no este beneficio. La cuenta judicial se encuentra habilitada, en el Juzgado de Paz Letrado de Primera Nominación dentro del término de los 20 días de haberse notificado a las empresas administradoras”.
Como se recordará el mandato judicial ordena a las administradoras “retrotraer el valor de las cuotas impagas, al valor facturado individualmente al mes de abril de 2018, ajustando cada una, por el Índice de Variación Salarial (IVS)- Fuente: INDEC-, establecido en el Decreto PEN 762/2002 en dicho periodo, tanto para los suscriptores que se encuentren en periodo de ahorro o sean deudores prendarios en periodo de amortización, cuyos domicilios o lugar de cumplimiento de contrato, se encuentren dentro de la provincia de Santiago del Estero”.
La cautelar establece “un plazo de treinta (30) días corridos, a partir de la notificación en los domicilios de las administradoras, para que las mismas procedan a emitir el saldo adeudado de las cuotas impagas, ponerlas a disposición de los suscriptores, bajo apercibimiento de liquidación y consignación judicial de dichos montos”.-
También ordena “el plazo de veinte (20) días para la cancelación de los montos liquidados por parte de los suscriptores, los que se computarán a partir de la comunicación establecida en el punto 1 o del vencimiento del plazo establecido en el punto 2 del presente (notificación), en cuyo caso deberán presentar judicialmente, dentro último plazo, la liquidación y el depósito en la cuenta abierta a nombre de los presentes autos”.-
En cuanto a las cuotas a devengarse a partir del mes de agosto 2019, las administradoras “ además del Índice de Variación Salarial deben aplicar para su liquidación el Índice de Precios Consumidor (IPC) –Fuente: Indec”.-
En todos los casos, el ahorrista deberá anoticiar al juzgado acompañando la constancia del depósito indicando la administradora del plan al que corresponde, para comunicarle la disponibilidad del pago.
Asimismo, informó Suárez que “la Defensoría del Pueblo de la provincia ha contestado tres apelaciones, que las administradoras han planteado esta semana, contra la medida cautelar”.
Asimismo, instó “a las administradoras de planes de ahorro, que no se han ajustado a la medida cautelar dictada, a adecuar las cuotas, y generar el espacio de una mesa de negociación, y evitar que se soliciten las sanciones judiciales correspondientes ante la conducta renuente”.