PRONUNCIAMIENTO DE ADPRA PARA QUE LA CONFORMACIÓN DE LA ACTUAL CSJN SEA COMPLETADA POR UNA JURISTA MUJER

21.10.22 “Nos expresarnos en el sentido de que la vacante sea cubierta en forma urgente ya que el plazo de ley está ampliamente excedido, y que el mismo se cubierto por una mujer” dice un documento de ADPRA. El documento, advierte que ante la renuncia de la Ministra, Dra. Elena Highton, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a fines del año pasado, el más alto Tribunal quedó integrado por solo cuatro ministros varones.

En el documento, que rubrica el presidente de ADPRA, Dr. Lionel Suárez, señala que “según lo establecido en el artículo 99 inciso 4 de la CN y el Decreto 222/2003, el PEN tiene la facultad de nombrar los jueces de nuestro alto tribunal con acuerdo del Senado Nacional, considerando en la inclusión de los nuevos miembros las diversidades de género y en un plazo máximo de 30 días desde que se produjo la vacante”.

Subraya que “la paridad en la integración de la Corte es necesaria para garantizar y promover la perspectiva de género en la Justicia en todos sus niveles, se infiere que, la presencia de juezas mujeres en la Corte Suprema, es indispensable para enfrentar los estereotipos de género que alimentan la discriminación cotidiana y la exclusión de las mujeres en los espacios de decisión, en todas las escalas. Si sumamos que, dichas mujeres, se encuentren formadas en derecho con perspectiva de género, el máximo tribunal garantizará el avance en la defensa de los derechos humanos de las personas”.

Concluye el documento con la clara y unívoca petición que “si bien es cierto que en el Congreso de la Nación la temática está en tratamiento a partir de la media sanción de una proyecto de ley de ampliación de los miembros de la Corte Suprema y el mismo tiene en cuenta la paridad, como Defensores y Defensoras del Pueblo del país reunidos en la Asociación de Defensores del Pueblo (ADPRA) nos expresarnos en el sentido de que la vacante sea cubierta en forma urgente ya que el plazo de ley está ampliamente excedido, y que el mismo se cubierto por una mujer de acuerdo a las consideraciones antes vertidas”.